Se declaró inconstitucional la derogación de la Ley de Tierras del Mega DNU

Luego de idas y vueltas por los despachos judiciales, finalmente fue declarado inconstitucional el artículo que permite la extranjerización de la tierra.

El decreto de 154 del decreto de necesidad y urgencia 70/2023 que deroga la Ley 26.737 de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de Tierras fue declarado inconstitucional por la Cámara Federal de La Plata.

Integrantes del Centro de Ex Combatientes de Malvinas de La Plata (CECIM) estuvieron al frente de ese reclamo. “No solo es un triunfo judicial para los ex Combatientes, sino para todos los argentinos”, dijo el Ex presidente del CECIM Hugo Robert.

Cronología de un vaivén judicial

El 21 de diciembre el presidente Javier Milei anunció los aspectos centrales incluidos en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2003 titulado “Bases para la reconstrucción de la economía argentina”, en el que se establecía, entre otras cosas, la derogación de la Ley 26.736, de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de Tierras, o popularmente conocida como Ley de Tierras, con el fin de “promover las inversiones”.

El DNU fue publicado en el Boletín Oficial y entró efectivamente en vigencia el 29 de diciembre, aún cuando debía ser validado por el Congreso. A partir de ese momento, la Justicia nacional daría o no lugar a los recursos de amparo que diversas organizaciones presentaron contra el DNU.

Una de ellas fue el Centro de Ex Combatientes de Malvinas (CECIM) quienes realizaron personalmente el pedido al Ejecutivo Nacional para que se suspenda la aplicación del DNU 70/2023 de “extranjerización de la tierra”, así como toda otra normativa dictada en su consecuencia, hasta tanto se resuelva el fondo.

El Gobierno Nacional rechazó el pedido “por no encontrarse acreditados los supuestos necesarios para la procedencia de la misma”, tal como lo detalla el Fallo de la Justicia Federal. O sea, la parte demandada (Ejecutivo Nacional) no reconocía la representatividad del CECIM para solicitar el pedido de amparo.

Luego de eso, el 29 de enero, el juez de feria del Juzgado Federal Nº 4 de La Plata, Ernesto Kreplak, decretó una medida cautelar que suspende el artículo 154 del DNU, el cual deja sin efecto la actual Ley de Tierras.

Sin embargo, días después, el juez originario de la causa, Alberto Recondo, volvió a sus funciones y dio por suspendido el amparo presentado por el CECIM. De esta forma todo el proceso volvía para atrás. A su vez, la organización de ex combatientes apeló a la decisión de Recondo.

Hoy, la Sala III de la Cámara Federal de La Plata, con voto de los jueces Carlos Vallefín y Roberto Lemos Arias, resolvió declarar la inconstitucionalidad del artículo 154 del decreto de necesidad y urgencia 70/2023 en cuanto deroga la Ley 26.737 de Tierras. Asimismo, en atención al alcance colectivo de la resolución, ordenó reinscribirla en el Registro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

“Estamos muy felices de este triunfo judicial”, dijo para ARG Hugo Robert. “Pero no solo para nosotros sino para todos los argentinos”, mencionó.

Ley de tierras

La norma derogada, que se conoce como Ley de Tierras, se aprobó en 2011 y su objetivo fue limitar la extranjerización de las tierras, un fenómeno mundial que se expandió a partir de 2008. Para esto, se estableció que las personas foráneas no pueden ser titulares de más del 15% del total de los suelos rurales a nivel nacional, lo que se replica en cada provincia y municipio.

Además, establecía que no podían poseer más de 1.000 hectáreas en la zona núcleo y en las zonas declaradas equivalentes, ni tampoco habilita la compra de inmuebles ribereños de cuerpos de agua (ríos, lagos o cuencas) y de zonas de seguridad de frontera.

La ley creó el Registro Nacional de Tierras Rurales (RNTR) -dependiente del Ministerio de Justicia de la Nación-, que por primera vez permitió conocer la cantidad de suelo en manos extranjeras.

Así como lo mencionamos anteriormente en esta nota, según información oficial, el 5,57% del territorio nacional está en manos de extranjeros (12.520.826 hectáreas).

La provincia de Salta es la que tiene el mayor porcentaje de tierra extranjerizada (11,56% del total), seguido de Misiones (11,7% de la superficie total), San Juan (10.48 %), Corrientes (9.87 % del total) y quinta la provincia de Mendoza (9,11% del total)

“La Ley de Tierras está bien hecha. Fue muy consensuada y trabajada en el Congreso, que es donde se deben trabajar las leyes. Y si hay que mejorarla, es allí donde hay que hacerlo. No a través de un DNU”, dijo Hugo Robert.

Según un artículo de Verónica Gordillo escrito para Unidiversidad y publicado en otras Universidades como la de UNCUYO, la aprobación de la Ley de Tierras en el país, se produjo en un escenario global donde las inversiones extranjeras giraron hacia el sur, en búsqueda de “inversiones seguras”.

Entre el 2008 y 2010, la crisis de especulación inmobiliaria y financiera que se registró primero en Estados Unidos y luego en Europa, llevó a invertir en fondos especulativos en países del Sur Global específicamente en la compra de recursos naturales (tierra, agua, bosques, derechos mineros).

En este contexto se aprobó la ley de limitación de tierras a extranjeros no solo en Argentina, sino en otros países de la región como Bolivia, Colombia y Brasil.

“La derogación de la Ley de Tierras produciría nuevamente un caso como el de Lewis que es dueño de un lago, o Benetton, quién llegó a comprar 1 millón de hectáreas y nadie le preguntó para qué”, mencionó el ex combatiente.