La Justicia de Neuquén dictó la sentencia en la causa Fuentealba II, en la que se juzgó a los jefes policiales responsables del asesinato del maestro, ocurrido el 4 de abril de 2007. El Tribunal Penal de Neuquén consideró que los oficiales fueron responsables de “abuso de autoridad” y “abuso de armas”.
El 4 de abril de 2007, durante una manifestación del gremio docente ATEN en la ruta nacional 22, en cercanías del paraje Arroyito, el maestro Carlos Fuentealba fue asesinado por el impacto en la cabeza de una granada de gas lacrimógeno disparada por el cabo José Darío Poblete.
Por primera vez en la provincia de Neuquén, efectivos retirados y de la más alta jerarquía, incluido el exjefe de la fuerza, fueron condenados por abuso de autoridad.
En el fallo unánime, los jueces Giorgetti, Diego Chavarría Ruiz y Raúl Aufranc consideraron abusivo el operativo en el que asesinaron a Fuentealba. Según relataron en la lectura de la sentencia después de la primera granada arrojada por la policía, quienes se manifestaban “corrieron a refugiarse a la estación de servicio YPF”.
Allí fue cuando el tribunal consideró que hubo “una mutación de la finalidad inicial del operativo”. “La policía los perseguía a gran distancia de la ruta y la banquina para el lado del río, accionando escopetas con postas de goma y pistolas lanzagases”, explicaron.
Además, resaltaron que se pudo observar “a centenares de manifestantes corriendo atemorizados a encerrarse a un local de una estación de servicio hasta colmarlo, y otros que siguieron huyendo a campo traviesa a cientos de metros de la ruta, hasta ya cerca del río. No sería la actitud esperable de quien enfrenta y agrede, sino de quien tiene miedo y huye”.
Argentina: A diez años del asesinato del Maestro Carlos Fuentealba
"Cuando mancharon las tizas con sangre" https://t.co/o4u39s6NAC pic.twitter.com/hIlj2mMfBN— OPAL prensa (@prensaopal) April 5, 2017
Durante el juicio quedo en duda el rol de Jorge Sobisch, gobernador de la Provincia en ese momento, quién declaró como testigo en el juicio y defendió a los jefes policiales: “no me desobedecieron”, aclaró.
Luego de la condena, Sandra Rodríguez, compañera de Carlos, declaró: “Con la dignidad que nos da la lucha cada día, con la indignación de aquel 4 de abril que no dejó de existir ni un solo día en estos 16 años, que con la frente bien alta y el corazón lleno de fuerza entramos a los Tribunales para volver a repetir lo que repetimos durante todos estos años: que el escarmiento que quiso darnos Jorge Sobisch no sirvió. Dimos una muy buena clase pública, compañeros, de lo que significa defender la vida, la democracia, los derechos de los hombres y de las mujeres”.
Y agregó que el fallo “es el cimiento de que todos los Trabajadores y Trabajadoras podemos hacer uso del derecho a manifestarnos, y tenemos derecho a tener justicia. Esto lo hemos logrado tras 16 años. Y no le fallamos a nuestro Sindicato, a nuestros compañeros, pero sobre todo, yo no le fallé a Carlos, a Camila y a Ariadna”.
Por último, la Oficina Judicial de Neuquén informó que el martes 18 y el miércoles 19 de abril se realizarán las audiencias para discutir la pena que le corresponde a los seis policías condenados en la causa Fuentealba II.