El gobierno decidió aumentar el impuesto que las grandes mineras pagan por su actividad en el país. Los cánones que deben abonar las empresas mineras no se actualizaban desde el 2014.
Mediante la resolución 90/2023 que modificó los artículos 31, 213, 215, 219 y 221 del Código de Minería, los cánones tendrán un aumento de casi 500%. Sin embargo sigue siendo un mecanismo ineficiente frente al lobby minero.
Bajo la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2023 que se sancionó el año pasado y que modificó algunos artículos del Código de Minería vigente, comenzó a regir la medida del aumento del canon minero.
Además de las actualizaciones de pago, se establece que los cánones no se ajustarán más por ley sino por resolución de la Secretaría de Energía en base a la variación interanual del índice de precios al consumidor (IPC).
¿Qué es el canon minero?
El canon es el monto que los titulares de derechos mineros pagan por unidad de medida respecto de las áreas de su titularidad que se encuentran en actividad. En otras palabras, un “impuesto” que se paga por la tenencia de áreas que comprenden recursos mineros (metálicos y no metálicos).
Dicho mecanismo es el que garantiza la tenencia a largo plazo ya que “obliga a pagar o a tener que producir, sino se las quita”, explica a ARG MEDIOS el investigador del CONICET, y Doctor en geopolítica, Bruno Fornillo.
Los montos varían respecto a las sustancias que son categorizadas, y la cantidad de pertenencias. En el caso del litio, las pertenencias de hasta 100 hectáreas pasarán a pagar por año $19.000, donde antes se abonaba $3.200. Un número que para el investigador del Conicet, resulta “barato”.
Pero no solo para la explotación, sino también que el canon aplicado para la exploración, implicó un aumento del 605%. Según el Código, pasarán de pagar $1.600 a pagar $9.680 por unidad de medida o fracción, de acuerdo con las dimensiones fijadas en el artículo 29 del Código.
La ineficiencia del canon en un país pro minero
La Argentina es uno de los países con mayores beneficios al sector minero privado desde la década del 90, con el famoso paquete de leyes votado donde incluía el Acuerdo Federal Minero, que entre otras cosas cedía a las empresas beneficios exclusivos.
Varios de los beneficios transferidos a los privados que se reafirmaron en los 90 fueron la potestad exclusiva de la explotación minera, prohibiendo al Estado la explotación minera dentro del territorio nacional, y volviéndolo un derecho otorgado a perpetuidad sólo a particulares.
En relación a la exploración, el Estado puede llevar a cabo la investigación geológica y los estudios de factibilidad. Pero en el caso de hallazgo de recursos, estos deben ser transferidos a empresas privadas en el plazo de un año a partir del descubrimiento, mediante un llamado a licitación pública.
La mayoría de las minas que se explotan actualmente en la Argentina fueron descubiertas por equipos técnicos del Estado en la década del ’80 y no por las empresas. Parte del trabajo les sirvió como incentivo a muchas empresas extranjeras que llegaron para dedicarse a la explotación minera.
Los aspectos comerciales, tributarios y financieros que caracterizan al sector minero actual, garantizan al inversionista la libre transferencia de sus ganancias al exterior, la libre comercialización interna y externa, y la estabilidad fiscal de los emprendimientos por un período de 30 años, el plazo más amplio otorgado por los países de la región.
El canon resulta uno de los mecanismos para garantizar la perpetuidad de la tenencia.
De esta forma, no solo cumple la función de registrar la propiedad minera del país. También funciona como un instrumento de especulación inmobiliaria dentro del mercado internacional, ya que empresas que no desarrollan la industria minera pueden solicitar concesiones abonando un canon ínfimo sin necesidad de realizar actividad de explotación.
Esto genera que las empresas suban sus valores en el mercado internacional al figurar como “tenedoras” de áreas mineras.
“O sea que el Estado termina garantizando la acumulación bursátil a las empresas en el mercado financiero internacional”, afirma Fornillo.
Modificaciones del Código de Minería
Las modificaciones que se hicieron en el Código de Minería a través de la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2023 son:
- Artículo 31: El canon por kilómetro cuadrado para permisos de exploración con aeronaves se incrementa de cuatro pesos argentinos ($4) a veinticuatro pesos argentinos ($24). Implica un aumento del valor de este canon de 600%.
- Artículo 213: El canon anual por pertenencia de las minas (que abonan los concesionarios a la Nación y las provincias) se actualizará utilizando el Índice de Precios al Consumidor (IPC), y será la Secretaría de Minería (o el organismo que la reemplace) la encargada de dictar las resoluciones que hagan efectivas esas actualizaciones.
- Artículo 215: Se modifica el canon por pertenencia de las minas, quedando fijado de la siguiente forma y escala (que se actualizará aplicando el IPC mencionado precedentemente).
- Artículo 219: El recargo aplicado a los rescates de las minas por falta de pago del canon minero, se incrementa del veinte por ciento (20%) al cien por ciento (100%).