*Por Elías Aguirre
Empoderado por la reciente victoria legislativa nacional, el férreo tutelaje de
Estados Unidos y el progresivo avance de las ultraderechas a nivel global en las
recientes elecciones, el gobierno de Milei parece decidido a acelerar a fondo con
su plan de reformas, en el que se incluirá la no tan mencionada, Reforma
Educativa. En estos últimos días, circuló un borrador de proyecto de Ley que
estaría siendo discutido por el gobierno y seria analizado en el inefable Consejo
de Mayo. Aquí, exponemos una breve opinión de sus 10 puntos más alarmantes
que pone en jaque todo un ciclo de producción legislativa en favor del derecho a
la educación.

Un poco de contexto
La actual Ley de Educación Nacional (N.º 26.206) fue aprobada a fines de 2006 y se
mantuvo casi inalterable a lo largo de las décadas siguientes, con modificaciones
menores —y urgentes— a partir de la emergencia del COVID-19, momento en el que
se la “aggiornó” para habilitar la enseñanza a distancia. Surgida en medio de las
críticas y efectos de las reformas educativas de la década de 1990, que culminaron en
un largo proceso de descentralización educativa y derivaron en un Ministerio de
Educación nacional “sin escuelas”, así como en la desarticulación del nivel secundario
(al extender la educación general básica —nuestra actual educación primaria— a un
período de nueve años y reducir el nivel polimodal —nuestra actual secundaria— a
solo tres), además de reinstalar la idea de un rol subsidiario en educación, estos
fueron algunos de sus cambios más nocivos.
Sin embargo, en el campo de la política educativa existe un amplio acuerdo no solo
respecto de los perjuicios de la reforma educativa de los noventa, sino también de los
significativos avances que supuso la Ley de Educación Nacional en términos de
derechos sociales e individuales, aunque su discusión no haya contado con la
horizontalidad y participación que en su momento se propuso. Entre sus principales
aportes, la LEN estableció la educación como bien público y social; recuperó el rol
central del Estado en la educación; amplió el derecho a la educación y la
obligatoriedad escolar; y promovió la creación y el fortalecimiento de instituciones
como el Instituto Nacional de Formación Docente (INFOD) y el Consejo Federal de
Educación, entre otras.
No obstante, también debe señalarse que la LEN no fue un hecho aislado, sino que se
inscribe —casi como una bisagra— en uno de los períodos de mayor producción
legislativa en materia educativa (2003-2011), durante el cual se sancionaron las
actuales leyes de educación técnico-profesional (que cumple 20 años y cuyo
desfinanciamiento está en curso), de financiamiento educativo (que el proyecto de
presupuesto 2026 busca eliminar), de educación sexual integral (frecuentemente
cuestionada por el gobierno), y del Fondo Nacional de Incentivo Docente (también
discontinuado por la actual administración), junto con un amplio repertorio de políticas
de inclusión socioeducativa, como la Asignación Universal por Hijo y el Programa
PROGRESAR, entre otras.
No obstante, hoy toda esta producción legislativa en materia de derecho a la
educación —construida, además, a partir de consensos sociales y políticos previos—
está en jaque por las pulsiones rothbardianas de aniquilación del Estado que, al
menos en sus discursos, encarna el gobierno de Milei. Esa vocación o afición por
desarticular lo estatal como productor de lo público y lo común.
En este marco, no sorprende que la ofensiva contra el sistema educativo público esté
encabezada por un funcionario históricamente crítico del Estado como agente central
—el actual secretario de Educación—, quien ha promovido desde espacios
académicos y de gestión la idea de una educación centrada en la familia y la sociedad
civil antes que en lo público. En sus propias palabras, el pasaje del Estado docente o
educador hacia la sociedad educadora. Los diez puntos que a continuación se
analizan evidencian e impugnan, en términos políticos, esta intención de reingeniería
regresiva orientada a reinstalar la educación como bien de mercado.
En aras de esta iniciativa, no llama la atención que la punta de lanza de esta ofensiva
libertaria contra la educación pública esté en manos del actual secretario de Educación
nacional, conocido por cuestionar desde hace décadas —en distintos ámbitos y
publicaciones— el “neoestatismo” que, según su perspectiva, atraviesa la educación
argentina desde la LEN. Además, ha promovido con énfasis el pasaje de una
educación pública garantizada principalmente por el Estado hacia una “sociedad
educadora” 1 , postura que reafirma ahora como funcionario público cada vez que
puede. Los diez puntos que analizamos brevemente a continuación lo materializan.
En este marco, no sorprende que la ofensiva contra el sistema educativo público esté
encabezada por un funcionario históricamente crítico del Estado como agente central
—el actual secretario de Educación—, quien ha promovido desde espacios
académicos y de gestión la idea de una educación centrada en la familia y en la
sociedad civil antes que en lo público. En sus propias palabras el pasaje del Estado
docente o educador hacia la sociedad educadora Los 10 puntos que a continuación se
analizan ponen en evidencia e impugnan en términos políticos esta intención de
reingeniería regresiva, orientada a reinstalar la educación como bien de mercado:
1) Prioridad de la libertad educativa por sobre el derecho social a la educación
Se dispone que ante cualquier conflicto legal se priorice la “libertad de enseñar y
aprender”, lo que desplaza el principio de universalidad, igualdad y no discriminación,
y redefine derechos colectivos como intereses individuales.
2) Reducción del rol del Estado bajo el principio de subsidiariedad
El documento señala explícitamente que el Estado sólo debe actuar cuando la
sociedad civil y las familias no puedan hacerlo, reinstalando un modelo en el que el
Estado deja de ser protagonista en la protección del derecho a la educación y
recupera la lógica liberal de la década de 1990, donde la educación pasó a entenderse
como un servicio y no como una obligación pública indelegable.
3) Equiparación jurídica plena entre instituciones públicas y privadas
Se plantea que ambos tipos de gestión sean reconocidos en estricta igualdad de
derechos no sólo en certificaciones sino también en financiamiento estatal, lo que
desdibuja el carácter estratégico, universal e inclusivo del sistema público y promueve
un escenario de competencia estructural desigual, dado que la escuela privada
mantiene su capacidad de seleccionar matrícula.
4) Financiamiento directo a las familias mediante vales, becas y créditos
fiscales.
Se habilita un modelo de financiamiento basado en vouchers, históricamente asociado
a la segmentación de sistemas educativos, como el caso chileno o estadounidense. Se
1 Torrendell, C. H. (2014). La educación privada: entre el neoestatismo y la sociedad
civil. Cultura económica, 32(87), 61-65.
Asignan recursos hacia las familias y no solventan las instituciones públicas en forma
directa. En experiencias internacionales, deriva en profundización de desigualdades
sociales, debilitamiento presupuestario de las escuelas y traslación de fondos públicos
a proyectos privados y confesionales.
5) Reconocimiento del homeschooling sin exigencias de formación docente
Se legitima la educación en el hogar como alternativa equivalente a la escolaridad
formal, sin asegurar la participación de profesionales docentes ni mecanismos sólidos
de evaluación y acompañamiento. Esta propuesta puede afectar la socialización, la
protección atraviesa por derechos y la diversidad pedagógica, especialmente en niños,
niñas y adolescentes.
6) Ampliación de la autonomía privada en admisión, disciplina y personal
Las escuelas privadas obtienen libertad para definir criterios de admisión, regulación
disciplinaria y contratación docente, sin límites claros para prevenir sesgos o prácticas
discriminatorias. Esto puede habilitar exclusiones por credo, perfil socioeconómico,
discapacidad, ideología o identidad de género.
7) Declaración de la educación obligatoria como “servicio esencial”
Al clasificarla en estos términos, se abre la puerta a limitar el derecho constitucional a
huelga docente y otros reclamos laborales. Este movimiento no sólo afecta la
negociación colectiva, sino que despolitiza las demandas laborales y pedagógicas
transformándolas en meras transgresiones administrativas.
8) Intervención decisoria de los Consejos de Padres en escuelas estatales
Se propone que los representantes de familias tengan participación activa en procesos
de contratación, remoción y supervisión institucional. Aunque la participación
comunitaria es fundamental, la medida puede desprofesionalizar la gestión escolar y
derivar en presiones moralizantes o partidarias.
9) Carrera docente basada en evaluación meritocrática y resultados de
aprendizaje
La evaluación docente se vincula al rendimiento académico de los estudiantes, sin
atender condiciones socioeconómicas, territoriales o institucionales. Esto puede
profundizar desigualdades, promover lógicas punitivas, competitivas y de ranking
institucional, en vez de fomentar formación continua y colaboración.
10) Habilitación de la enseñanza religiosa confesional en ámbitos estatales
Se permite incorporar contenidos religiosos en escuelas públicas, lo que tensiona la
laicidad del Estado y la convivencia plural. La educación pública argentina, desde el
siglo XX, fue consolidando un ideal laico que garantizara igualdad de trato y respeto a
la diversidad espiritual; esta medida rompe dicho consenso histórico.

Algunas reflexiones (nunca finales)
La ofensiva contra la educación pública —una más que se suma al incumplimiento de
leyes sancionadas, como la de financiamiento universitario— es parte de una
operación político-ideológica orientada a desmantelar los acuerdos democráticos que
sostuvieron el sentido de la educación en la Argentina contemporánea. Con claridad,
esta propuesta se orienta hacia la regresión social, la privatización del bien común y la
descolectivización del lazo educativo.
Al reinstalar una lógica subsidiaria, familiarista y mercantil, el proyecto rompe con el
núcleo duro de la política educativa democrática, consolidada desde 1983 y plasmada
normativamente en la actual Ley de Educación Nacional, la Constitución Nacional
(arts. 14, 75 inc. 22 y 23) y los Pactos Internacionales de Derechos Humanos con
jerarquía constitucional.
Sin embargo, creer que solo asistimos a la potencial discusión de un proyecto de ley
es un error político significativo que tiende a reducir el problema: estamos ante la
disputa por el estatuto legal, pero sobre todo político, que adquirirá la educación
argentina, ya no como derecho, sino como bien provisto según criterios mercantiles de
precio-calidad.
Bajo ningún punto de vista este borrador interpela los problemas estructurales del
sistema educativo —federalismo, desigualdades socioeducativa, precarización
docente, infraestructura insuficiente, condiciones de escolarización en territorios
vulnerabilizados— sino que responsabiliza al Estado por su propia existencia y
propone como alternativa la delegación del derecho en el mercado, la familia y la
moral privada, borrando así la dimensión social, comunitaria y colectiva de lo público.
Se trata, por tanto, del quiebre explícito de consensos democráticos elementales que,
además de estar consagrados en la Constitución y en tratados internacionales, gozan
de un consenso social histórico, transversal y persistente en la Argentina que anuda la
educación pública como derecho, bien social y proyecto político igualador, y no como
mercancía contractual entre sujetos desiguales.
Desde esta perspectiva, lo que está en juego no es solo la institucionalidad educativa,
sino la posibilidad misma de sostener un horizonte democrático basado en la igualdad
y la justicia social. La disputa hoy no se reduce a modelos pedagógicos: es una
disputa por el sentido profundo de la democracia argentina.
Nos encontramos, casi como en un loop temporal, a un nuevo dilema que despierta,
otra vez, una pregunta que ya no podemos postergar:
¿Elegiremos seguir construyendo —con sus desafíos y dificultades— una educación
como derecho para todxs, o aceptaremos que vuelva a ser el privilegio de unxs pocxs?
*Doctorando en Ciencias Humanas (UNSAM). Magister en políticas y administración de la educación
(UNTREF). Especialista en planeamiento y gestión educativa (UNTREF). Profesor en Ciencias Políticas
(IMESFD CAPACYT) y docente de nivel secundario y superior.















