Este lunes 4 de julio, el TOF N°2 de San Martín condenó a Santiago Riveros, Delsis Malacalza, Eduardo Lance y Luis del Valle Arce a prisión perpetua a cumplir en cárcel común por sus responsabilidades en los vuelos de la muerte en el Ejército.
El juicio comenzó el 5 de octubre de 2020 y juzgó los hechos cometidos en el Aeródromo del Batallón de Aviación 601 de Campo de Mayo, que fue uno de los lugares en los que se gestó el último eslabón del circuito represivo desplegado por las Fuerzas Armadas y de seguridad entre 1976 y 1983.
Durante el juicio dieron testimonio 199 personas, la gran mayoría ex conscriptos, donde surgió que los detenidos eran llevados al predio en vehículos no oficiales, conducidos por personas vestidas de civil que se dirigían a la pista de aterrizaje, donde los esperaban aviones estacionados.
Los genocidas condenados se tratan de Santiago Omar Riveros, ex jefe de Institutos Militares; Luis del Valle Arce, ex comandante del Batallón de Aviación 601; Delsis Ángel Malacalza, ex segundo comandante y piloto de aviones Twin Otter y Fiat, utilizados en los vuelos de la muerte; y el ex oficial de operaciones de esa dependencia, Eduardo María Lance.
Los ex integrantes del Batallón 601 fueron hallados responsables de delitos de “privación ilegal de la libertad agravada por mediar violencia, imposición de tormentos en perjuicio de perseguidos políticos”, y “homicidio doblemente agravado” en perjuicio de cuatro víctimas que estuvieron cautivas, entre 1976 y 1977, en el centro clandestino “El Campito”.
“Esta condena es muy importante porque es la primera que se dicta a los responsables de los Vuelos de la Muerte del Ejército. Los responsables de aviación del Ejército nunca habían sido condenados. Esta vez, todos los jefes del batallón de aviación fueron condenados a perpetua”, explicó Pablo Llonto, abogado querellante de las familias de las víctimas.
Un dato clave para el juicio fueron los testimonios de ex conscriptos que hicieron el servicio militar en el Batallón 601 de Aviación que permitieron reconstruir el funcionamiento de todo el mecanismo de exterminio.
“Los ex soldados fueron claves para este juicio. Fue de un valor enorme, eran ex soldados que en aquel momento tenían 18 años y estaban haciendo la colimba. Su voz permaneció en silencio por muchos años y esta vez la justicia los escuchó. Más de 50 de ellos dieron descripción de lo que habían visto, escuchado o sentido. Eso permitió reconstruir la plataforma fáctica, rearmar el rompecabezas de esos hechos”, agregó Llonto.
Los testimonios de los ex conscriptos rompió con el famoso pacto de silencio entre militares: “Muchos ex conscriptos declararon llorando, diciendo que llevaban esa mochila desde años. Ellos mismos reflexionaron sobre que fueron instruidos en la lucha contra la subversión pero no podían creer semejante barbarie. Los conscriptos siguen declarando en todas las causas del país y son la principal fuente de información. Los genocidas pensaron que iban a conseguir la impunidad tirando los cuerpos al mar. Y fue el mar, devolviendo los cuerpos, y la voz de los soldados los que los condena”, sostiene el abogado de la causa.
Las víctimas por las que se juzgó las responsabilidades de los genocidas fueron Rosa Eugenia Novillo Corvalán, Roberto Ramón Arancibia, Adrián Enrique Accrescimbeni y Juan Carlos Rosace. Las cuatro víctimas fueron secuestradas entre 1976 y 1977, trasladadas al centro clandestino de detención “El Campito” ubicado en Campo de Mayo, donde les aplicaron tormentos, para luego subirlas a aeronaves y arrojadas al mar o al Río de la Plata.
Sus cuerpos aparecieron en la costa argentina entre los años 1976 y 1977, fueron enterrados como NN e identificados por el Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF), que certificó que fueron arrojados desde gran altura al agua.
“Las familias tenían hace años la identificación de los restos, hallados en las costas, pero tenían la incertidumbre de que no se individualizara a los responsables. Hoy, por lo menos, con cuatro cadenas a perpetuas, saben de boca de la justicia que estos fueron los responsables jerárquicos. Esto abre la esperanza, que continuando la investigación, se logre identificar a los pilotos, copilotos y a los jueces y policías que cuando se encontraban los cuerpos no hicieran lo que tenían que hacer y los enterraron como NN”, complementó Llonto.
Durante el juicio fueron apartados por incapacidad, Horacio Alberto Conditi, exoficial de personal, Alberto Luis Devoto, integrante de la Plana Mayor en Campo de Mayo, funcionario y asesor del fallecido gobernador cordobés José Manuel de la Sota.
Los jueces Walter Venditti, Esteban Rodríguez Eggers y Matías Mancini ordenaron analizar el estado de salud de los condenados -quienes cumplen prisión domiciliaria- para determinar si están en condiciones de ir a una cárcel común a cumplir la sentencia, como lo pidió la Fiscalía.
“Nosotros pedimos que se revisen las condiciones de salud. No estamos de acuerdo con que un condenado agonice en la cárcel. Si tiene una enfermedad terminal o que no se puede tratar en un hospital del Servicio Penitenciario, esa persona debe ir a su casa o algún lugar que lo atienda. Si no, tendrá que ir a una cárcel común”, concluyó el abogado querellante.
Megacausa de Campo de Mayo
Este miércoles también se leerá la sentencia por la Megacausa de Campo de Mayo. El juicio comenzó en abril de 2019 y durante más de tres años se investigó el funcionamiento de toda la estructura represiva de Campo de Mayo, donde funcionaron varios centros clandestinos de detención y la maternidad clandestina en el Hospital Militar.
La auxiliar fiscal Gabriela Sosti solicitó penas de prisión perpetua para 17 acusados y condenas de entre 15 y 20 años de prisión para otros tres imputados en el juicio conocido como Megacausa Campo de Mayo, en el que se juzgan los crímenes de lesa humanidad contra 350 víctimas, entre ellas 14 mujeres embarazadas cuyos hijos e hijas fueron apropiados y una gran cantidad de obreros y delegados secuestrados de manera masiva en empresas como Dálmine Siderca, Mercedes Benz, Ford o las cerámicas Lozadur y Cattáneo, entre otras empresas.
Por los crímenes cometidos entre 1976 y 1978 serán juzgados: Carlos Tamini, quien fue jefe de Contrainteligencia del Departamento 2 del Comando de Institutos Militares; Carlos Francisco Villanova, ex miembro del Batallón 601 del Ejército; Carlos Somoza; Miguel Ángel Conde, ex agente de inteligencia del Batallón 601; Mario Rubén Domínguez y Bernardo Caballero, integrantes del Departamento II de Inteligencia; Hugo Castaño Monge, jefe de los celadores en El Campito; Roberto Julio Fusco, ex guardia del El Campito; Francisco Orlando Agostino, exjefe del Área militar 400; Pacífico Luis Britos, exjefe de Personal de la plana mayor del área; Ramón Vito Cabrera, exjefe de la Fuerza de Tarea de Campo; Federico Ramón Ramirez Mitchell y Alfredo Oscar Arena, quienes se desempeñaron como auxiliares de inteligencia, enlaces de infantería de marina y oficiales de la plana mayor del Área 400.